CONVENCION CONSTITUYENTE APROBO LOS PRIMEROS 12 ARTICULOS

En la sesión ordinaria llevada a cabo este jueves por los convencionales constituyentes se definieron los primeros 12 artículos que tendrá la Carta Orgánica de Oberá. Los convencionales decidieron aprobar lo referente a Declaraciones, Derechos, Obligaciones y Funciones Municipales

DICTAMEN DE LA COMISION


Honorable  Convención Constituyente

            Ciudad de Oberá

Oberá – Misiones,  12 de abril  de 2012.-

D I C T A M E N     D E     C O M I S I O N


EXPTE. N° 004/2.012- DEPARTAMENTO EJECUTIVO- Eleva propuesta de Carta Orgánica Municipal para la Ciudad de Oberá.-

EXPTE. N° 008/2.012- BLOQUE UNIÓN CÍVICA RADICAL- Eleva Proyecto sobre Temas Varios de la Carta Orgánica Municipal.-

EXPTE. N° 010/2.012- CONVENCIONAL JAVIER PELINSKI- Eleva Proyecto de Redacción Capítulo 1º y 2º del Título Primero de la Primera Parte- .-

 HONORABLE CONVENCIÓN CONSTITUYENTE: La HCC reunida en Comisión Permanente, estima que, Visto los presentes expedientes y Considerando:

                                                        QUE, en virtud del Proyecto de Ordenamiento de la Carta Orgánica Municipal adoptado por esta Convención mediante Resolución Nº 005/2012, y del tratamiento efectuado sobre los expedientes de referencia respecto a la primera parte de los temas que conformarán la misma, sobre Declaraciones, Derechos, Obligaciones y Funciones Municipales;

 Por ello:   La  Convención  Constituyente  de  la  Ciudad  de  Oberá:

S A N C I O N A:
PRIMERA PARTE
DECLARACIONES, DERECHOS, OBLIGACIONES Y FUNCIONES MUNICIPALES
TÍTULO PRIMERO
Declaraciones
CAPÍTULO PRIMERO: Principios de Gobierno, Símbolos, Límites Territoriales.

Principios de Gobierno
ARTÍCULO 1.- Esta Carta Orgánica es la norma suprema que regirá la vida institucional de la comuna, sujeta únicamente a la Constitución Nacional y Provincial.-

Autonomía Municipal
ARTÍCULO 2.-   El Municipio de la Ciudad de Oberá,  es autónomo de todo otro poder en el ejercicio de sus competencias institucionales, políticas, administrativas, económicas y financieras. –

Gobierno del Pueblo
ARTÍCULO 3.- La soberanía pertenece al Pueblo que ejerce el gobierno por medio de sus representantes,  a los que otorga y revoca mandato a través del sufragio universal y secreto. Todos los poderes emanan del Pueblo, expresando el pluralismo ideológico a través de los partidos políticos que concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular.-

El gobierno
ARTÍCULO 4.- El Gobierno del Municipio de Oberá será ejercido por un DEPARTAMENTO EJECUTIVO (Intendente Municipal) y un DEPARTAMENTO DELIBERATIVO (Concejo Deliberante).-

Supresión de Títulos y Honores
ARTÍCULO 5: Se suprimen todos los títulos honoríficos de los Funcionarios electos  y /o Cuerpos Colegiados.-

Símbolos
ARTÍCULO 6.- El Escudo y la Bandera de la Ciudad de Oberá creados por Ordenanza son los símbolos que la identifican, siendo su uso exclusivo y obligatorio por el Gobierno Municipal, en los términos que determine la reglamentación.-

Limites
ARTÍCULO 7.- Los límites territoriales del Municipio son los que por derecho históricamente le corresponden, y los fijados por Ley. El territorio del Municipio es inescindible e incluye el espacio aéreo, la superficie y el subsuelo, sin perjuicio de los derechos que pueda corresponderle a los Gobiernos Nacional y Provincial. El Municipio podrá fusionarse con otros municipios o comunas, o bien dividirse. Tal modificación será peticionada por el Ejecutivo Municipal y aprobada por Ordenanza, sancionada con el voto de las dos terceras partes de sus miembros, previo referéndum, se elevará al Gobierno de la Provincia para su tratamiento de acuerdo con las leyes vigentes.-

Interrupción del Ordena Institucional.-
ARTÍCULO 8: Esta Carta Orgánica mantendrá su vigencia aún cuando por un acto violento o de cualquier otra naturaleza  se interrumpa su observancia. Aquellos actos que desconozcan su autoridad y vigencia serán insanablemente nulos. Tanto quienes interrumpan el Orden Constitucional como aquellos que usurpen funciones previstas para las autoridades establecidas por ésta Carta Orgánica quedarán inhabilitados a perpetuidad para ocupar cargos o empleos públicos en este Municipio.-

CAPÍTULO SEGUNDO: Asiento del Gobierno, Descentralización, Obligaciones de los Funcionarios.
Organización y Residencia de las autoridades
ARTÍCULO 9.- El Gobierno Municipal establece la organización interna de la Municipalidad a los efectos territoriales, electorales, administrativos y de representación vecinal, procediendo a determinar las zonas urbanas, suburbanas y demás áreas.
Las autoridades electas y los funcionarios políticos del Gobierno Municipal deberán residir dentro del ejido de la ciudad.

Descentralización del Gobierno
ARTÍCULO 10.- El Gobierno Municipal deberá optimizar la atención de servicios locales. Podrá para ello establecer la descentralización pertinente, mediante la creación y reglamentación de las competencias por Ordenanzas, de Delegaciones en diversos sectores del Municipio.

Responsabilidad Solidaria
ARTÍCULO 11.- Todas las Autoridades electas y Funcionarios Municipales prestarán juramento de cumplir esta Carta Orgánica. Estos y los agentes municipales serán  responsables solidariamente con el municipio por los daños que resulten del mal desempeño de sus funciones. Además las autoridades electas y funcionarios son políticamente responsables por sus actos.
Al asumir, y anualmente, hasta la conclusión del mandato, deberán presentar declaración jurada patrimonial, que comprenda los bienes del conyugue y de las personas a su cargo. Una Ordenanza reglamentará las sanciones por su incumplimiento, su resguardo y custodia.

Funciones irrenunciable
ARTÍCULO 12.- Las funciones del Municipio son irrenunciable. En consecuencia ningún funcionario o empleado del Municipio podrá delegar en otro sus atribuciones, salvo en los casos expresamente previstos en esta Carta Orgánica. Es insanablemente nulo cualquier acto que se celebre en consecuencia.

Artículo 2º: De forma.-   

CONVENCIONALES CONSTITUYENTES “EN COMISIÓN PERMANENTE”:




       María Luisa Glum       Raymundo Javier Pelinsk       Oscar Eduardo Perrone



                                               
                            Carlos María Judais               Rafael Pereyra Pigerl